En este artĆculo te vamos a explicar el significado de los distintos tipos de seƱalizaciĆ³n que te puedes encontrar actualmente, en el aƱo 2024 en EspaƱa.
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El principal objetivo que tienen las seƱales de trĆ”fico, es el de informar, advertir, reglamentar u ordenar a los conductores y peatones de las caracterĆsticas que tiene la vĆa por la que estĆ”n circulando o las posibles circunstancias que estĆ” sufriendo la misma.
El Reglamento general de circulaciĆ³n de EspaƱa las clasifica en 3 tipos dependiendo de su funciĆ³n:
SeƱales de advertencia de peligro, seƱales de reglamentaciĆ³n y seƱales de indicaciĆ³n.
Ćstas 3 categorĆas tienen subcategorĆas con distintos tipos de seƱalizaciĆ³n que vamos a ver a continuaciĆ³n:
A continuaciĆ³n te mostraremos los tipos de seƱales de trĆ”fico que existen actualmente en EspaƱa.
Los documentos bĆ”sicos que pueden incidir en este tipo de seƱalizaciĆ³n son, la Ley de Seguridad Vial, el Reglamento General de CirculaciĆ³n, la Norma Europea UNE-EN 12899-1, la Norma de Carreteras 8.1-IC y el catĆ”logo de seƱales de circulaciĆ³n. Existen otras normas, manuales y recomendaciones de aplicaciĆ³n en diferentes carreteras, comarcas o Comunidades AutĆ³nomas.
1. Las seƱales de advertencia de peligro tienen por objeto indicar a los usuarios de la vĆa la proximidad y la naturaleza de un peligro difĆcil de ser percibido a tiempo, con objeto de que se cumplan las normas de comportamiento que, en cada caso, sean procedentes.
2. La distancia entre la seƱal y el principio del tramo peligroso podrĆ” indicarse en un panel complementario del modelo recogido en el CatĆ”logo oficial de seƱales de circulaciĆ³n.
3. Si una seƱal de advertencia de peligro llevara un panel complementario que indique una longitud, se entenderĆ” que Ć©sta se refiere a la del tramo de vĆa afectado por el peligro, como una sucesiĆ³n de curvas peligrosas o un tramo de calzada en mal estado.
4. Cuando se trate de seƱales luminosas, podrĆ” admitirse que los sĆmbolos aparezcan iluminados en blanco sobre fondo oscuro no luminoso.
5. Los tipos de seƱales de advertencia de peligro, con su nomenclatura y significado respectivos, son los siguientes:
P-1 IntersecciĆ³n con prioridad. Peligro por la proximidad de una intersecciĆ³n con una vĆa, cuyos usuarios deben ceder el paso.
P-1 a. IntersecciĆ³n con prioridad sobre vĆa a la derecha. Peligro por la proximidad de una intersecciĆ³n con una vĆa a la derecha, cuyos usuarios deben ceder el paso.
P-1 b. IntersecciĆ³n con prioridad sobre vĆa a la izquierda. Peligro por la proximidad de una intersecciĆ³n con una vĆa a la izquierda, cuyos usuarios deben ceder el paso.
P-1 c. IntersecciĆ³n con prioridad sobre incorporaciĆ³n por la derecha. Peligro por la proximidad de una incorporaciĆ³n por la derecha de una vĆa, cuyos usuarios deben ceder el paso.
P-1 d. IntersecciĆ³n con prioridad sobre incorporaciĆ³n por la izquierda. Peligro por la proximidad de una incorporaciĆ³n por la izquierda de una vĆa, cuyos usuarios deben ceder el paso.
P-2. IntersecciĆ³n con prioridad de la derecha.
Peligro por la proximidad de una intersecciĆ³n en la que rige la regla general de prioridad de paso.
P-3. SemĆ”foros. Peligro por la proximidad de una intersecciĆ³n aislada o tramo con la circulaciĆ³n regulada por semĆ”foros.
P-4. IntersecciĆ³n con circulaciĆ³n giratoria. Peligro por la proximidad de una intersecciĆ³n donde la circulaciĆ³n se efectĆŗa de forma giratoria en el sentido de las flechas.
P-5. Puente mĆ³vil. Peligro ante la proximidad de un puente que puede ser levantado o girado, interrumpiĆ©ndose asĆ temporalmente la circulaciĆ³n.
P-6. Cruce de tranvĆa. Peligro por la proximidad de cruce con una lĆnea de tranvĆa, que tiene prioridad de paso.
P-7. Paso a nivel con barreras. Peligro por la proximidad de un paso a nivel provisto de barreras o semibarreras.
P-8. Paso a nivel sin barreras. Peligro por la proximidad de un paso a nivel no provisto de barreras o semibarreras.
P-9 a. Proximidad de un paso a nivel, puente mĆ³vil o muelle (lado derecho). Indica, en el lado derecho, la proximidad de peligro seƱalizado de un paso a nivel, de un puente mĆ³vil o de un muelle. Esta baliza va siempre acompaƱada de la seƱal P-5, P-7, P-8 o P-27.
P-9 b. AproximaciĆ³n a un paso a nivel, puente mĆ³vil o muelle (lado derecho). Indica, en el lado derecho, la aproximaciĆ³n a un paso a nivel, puente mĆ³vil o muelle, que dista de Ć©ste al menos dos tercios de la distancia entre Ć©l y la correspondiente seƱal de advertencia del peligro.
P-9 c. CercanĆa de un paso a nivel, puente mĆ³vil o muelle (lado derecho). Indica, en el lado derecho, la cercanĆa de un paso a nivel, puente mĆ³vil o muelle, que dista de Ć©ste al menos un tercio de la distancia entre Ć©l y la correspondiente seƱal de advertencia del peligro.
P-10 a. Proximidad de un paso a nivel, puente mĆ³vil o muelle (lado izquierdo). Indica, en el lado izquierdo, la proximidad de peligro seƱalizado de un paso a nivel, de un puente mĆ³vil o de un muelle. Esta baliza va siempre acompaƱada de la seƱal P-5, P-7, P-8 o P-27.
P-10 b. AproximaciĆ³n a un paso a nivel, puente mĆ³vil o muelle (lado izquierdo). Indica, en el lado izquierdo, la aproximaciĆ³n a un paso a nivel, puente mĆ³vil o muelle, que dista de Ć©ste al menos dos tercios de la distancia entre Ć©l y la correspondiente seƱal de advertencia del peligro.
P-10 c. CercanĆa de un paso a nivel, puente mĆ³vil o muelle (lado izquierdo). Indica, en el lado izquierdo, la cercanĆa de un paso a nivel, puente mĆ³vil o muelle, que dista de Ć©ste al menos un tercio de la distancia entre Ć©l y la correspondiente seƱal de advertencia del peligro.
P-11. SituaciĆ³n de un paso a nivel sin barreras. Peligro por la presencia inmediata de un paso a nivel sin barreras.
P-11 a. SituaciĆ³n de un paso a nivel sin barreras de mĆ”s de una vĆa fĆ©rrea. Peligro por la presencia inmediata de un paso a nivel sin barreras con mĆ”s de una vĆa fĆ©rrea.
P-12. Aeropuerto. Peligro por la proximidad de un lugar donde frecuentemente vuelan aeronaves a baja altura sobre la vĆa y que pueden originar ruidos imprevistos.
P-13 a. Curva peligrosa hacĆa la derecha. Peligro por la proximidad de una curva peligrosa hacia la derecha.
P-13 b. Curva peligrosa hacia la izquierda. Peligro por la proximidad de una curva peligrosa hacia la izquierda.
P-14 a. Curvas peligrosas hacia la derecha. Peligro por la proximidad de una sucesiĆ³n de curvas prĆ³ximas entre sĆ ; la primera, hacia la derecha.
P-14 b. Curvas peligrosas hacia la izquierda. Peligro por la proximidad de una sucesiĆ³n de curvas prĆ³ximas entre sĆ ; la primera, hacia la izquierda.
P-15. Perfil irregular. Peligro por la proximidad de un resalto o badĆ©n en la vĆa o pavimento en mal estado.
P-15 a. Resalto. Peligro por la proximidad de un resalto en la vĆa. P-15 b. BadĆ©n. Peligro por la proximidad de un badĆ©n en la vĆa.
P-15 b. BadĆ©n. Peligro por la proximidad de un badĆ©n en la vĆa.
P-16 a. Bajada con fuerte pendiente. Peligro por la existencia de un tramo de vĆa con fuerte pendiente descendente. La cifra indica la pendiente en porcentaje.
P-16 b. Subida con fuerte pendiente. Peligro por la existencia de un tramo de vĆa con fuerte pendiente ascendente. La cifra indica la pendiente en porcentaje.
P-17. Estrechamiento de calzada. Peligro por la posibilidad de una zona de la vĆa en la que se estrecha la calzada.
P 17 a. Estrechamiento de calzada por la derecha.
Peligro por la proximidad de una zona de la vĆa en la que la calzada se estrecha por el lado de la derecha.
P-17 b. Estrechamiento de calzada por la izquierda. Peligro por la proximidad de una zona de la vĆa en la que la calzada se estrecha por el lado de la izquierda.
P-18. Obras. Peligro por la proximidad de un tramo de vĆa en obras.
P-19. Pavimento deslizante. Peligro por la proximidad de una zona de la calzada cuyo pavimento puede resultar muy deslizante.
P-20. Peatones. Peligro por la proximidad de un lugar frecuentado por peatones.
P-21. NiƱos. Peligro por la proximidad de un lugar frecuentado por niƱos, tales como escuelas, zona de juegos, etc.
P-22. Ciclista. Peligro por la proximidad de un paso para ciclistas o de un lugar donde frecuentemente los ciclistas salen a la vĆa o la cruzan.
P-23. Paso de animales domĆ©sticos. Peligro por la proximidad de un lugar donde frecuentemente la vĆa puede ser atravesada por animales domĆ©sticos.
P-24. Paso de animales en libertad. Peligro por la proximidad de un lugar donde frecuentemente la vĆa puede ser atravesada por animales en libertad.
P-25. CirculaciĆ³n en los dos sentidos. Peligro por la proximidad de una zona de la calzada donde la circulaciĆ³n se realiza provisional o permanentemente en los dos sentidos.
P-26. Desprendimiento. Peligro por la proximidad a una zona con desprendimientos frecuentes y la consiguiente posible presencia de obstƔculos en la calzada.
P-27. Muelle. Peligro debido a que la vĆa desemboca en un muelle o en una corriente de agua.
P-28. ProyecciĆ³n de gravilla. Peligro por la proximidad de un tramo de vĆa donde existe el riesgo de que se proyecte gravilla al pasar los vehĆculos.
P-29. Viento transversal. Peligro por la proximidad de una zona donde sopla frecuentemente viento fuerte en direcciĆ³n transversal.
P-30. EscalĆ³n lateral. Peligro por la existencia de un desnivel a lo largo de la vĆa en el lado que indique el sĆmbolo.
P-31. CongestiĆ³n. Peligro por la proximidad de un tramo en que la circulaciĆ³n se encuentra detenida o dificultada por congestiĆ³n del trĆ”fico.
P-32. ObstrucciĆ³n en la calzada. Peligro por la proximidad de un lugar en que hay vehĆculos que obstruyen la calzada debido a averĆa, accidente u otras causas.
P-33. Visibilidad reducida. Peligro por la proximidad de un tramo en que la circulaciĆ³n se ve dificultada por una pĆ©rdida notable de visibilidad debida a niebla, lluvia, nieve, humos, etc. P-34. Pavimento deslizante por hielo o nieve. Peligro por la proximidad de una zona de
calzada cuyo pavimento puede resultar especialmente deslizante a causa del hielo o nieve.
P-50. Otros peligros. Indica la proximidad de un peligro distinto de los advertidos por
otras seƱales.
SEĆALES DE PRIORIDAD:
1. Las seƱales de prioridad estĆ”n destinadas a poner en conocimiento de los usuarios de la vĆa reglas especiales de prioridad en las intersecciones o en los pasos estrechos.
2. La nomenclatura y significado de las seƱales de prioridad son los siguientes:
R-1. Ceda el paso. ObligaciĆ³n para todo conductor de ceder el paso en la prĆ³xima intersecciĆ³n a los vehĆculos que circulen por la vĆa a la que se aproxime o al carril al que pretende incorporarse.
R-2. DetenciĆ³n obligatoria o stop. ObligaciĆ³n para todo conductor de detener su vehĆculo ante la prĆ³xima lĆnea de detenciĆ³n o, si no existe, inmediatamente antes de la intersecciĆ³n, y ceder el paso en ella a los vehĆculos que circulen por la vĆa a la que se aproxime.
Si, por circunstancias excepcionales, desde el lugar donde se ha efectuado la detenciĆ³n no existe visibilidad suficiente, el conductor deberĆ” detenerse de nuevo en el lugar desde donde tenga visibilidad, sin poner en peligro a ningĆŗn usuario de la vĆa.
R-3. Calzada con prioridad. Indica a los conductores de los vehĆculos que circulen por una calzada su prioridad en las intersecciones sobre los vehĆculos que circulen por otra calzada.
R-4. Fin de prioridad. Indica la proximidad del lugar en que la calzada por la que se circula pierde su prioridad respecto a otra calzada.
R-5. Prioridad en sentido contrario. ProhibiciĆ³n de entrada en un paso estrecho mientras no sea posible atravesarlo sin obligar a los vehĆculos que circulen en sentido contrario a detenerse.
R-6. Prioridad respecto al sentido contrario. Indica a los conductores que, en un prĆ³ximo paso estrecho, tienen prioridad con relaciĆ³n a los vehĆculos que circulen en sentido contrario.
3. Aunque no responden a los requisitos del artĆculo 150.1, son tambiĆ©n seƱales de prioridad las P-1, P-1 a, P-1 b, P-1 c, P-1 d, P-2, P-6, P-7 y P-8.
Las seƱales de prohibiciĆ³n de entrada, para quienes se las encuentren de frente en el sentido de su marcha y a partir del lugar en que estĆ”n situadas, prohĆben el acceso a los vehĆculos o usuarios, en la forma que a continuaciĆ³n se detalla:
R-100. CirculaciĆ³n prohibida. ProhibiciĆ³n de circulaciĆ³n de toda clase de vehĆculos en ambos sentidos.
R-101. Entrada prohibida. ProhibiciĆ³n de acceso a toda clase de vehĆculos.
R-102. Entrada prohibida a vehĆculos de motor.
ProhibiciĆ³n de acceso a vehĆculos de motor.
R-103. Entrada prohibida a vehĆculos de motor, excepto motocicletas de dos ruedas sin sidecar. ProhibiciĆ³n de acceso a vehĆculos de motor. No prohĆbe el acceso a motocicletas de dos ruedas.
R-104. Entrada prohibida a motocicletas. ProhibiciĆ³n de acceso a motocicletas.
R-105. Entrada prohibida a ciclomotores.
ProhibiciĆ³n de acceso a ciclomotores de dos y tres ruedas y cuadriciclos ligeros.
Igualmente prohĆbe la entrada a vehĆculos para personas de movilidad reducida.
R-106. Entrada prohibida a vehĆculos destinados al transporte de mercancĆas. ProhibiciĆ³n de acceso a vehĆculos destinados al transporte de mercancĆas, entendiĆ©ndose
como tales camiones y furgones independientemente de su masa.
R-107. Entrada prohibida a vehĆculos destinados al transporte de mercancĆas con mayor
masa autorizada que la indicada. ProhibiciĆ³n de acceso a toda clase de vehĆculos destinados al transporte de mercancĆas si su masa mĆ”xima autorizada es superior a la indicada en la seƱal, entendiĆ©ndose como tales los camiones y furgones con mayor masa autorizada que la indicada en la seƱal. ProhĆbe el acceso aunque circulen vacĆos.
R-108. Entrada prohibida a vehĆculos que transporten mercancĆas peligrosas. ProhibiciĆ³n de paso a toda clase de vehĆculos que transporten mercancĆas peligrosas y que deban circular de acuerdo con su reglamentaciĆ³n especial.
R-109. Entrada prohibida a vehĆculos que transporten mercancĆas explosivas o inflamables. ProhibiciĆ³n de paso a toda clase de vehĆculos que transporten mercancĆas explosivas o fĆ”cilmente inflamables y que deban circular de acuerdo con su reglamentaciĆ³n especial.
R-110. Entrada prohibida a vehĆculos que transporten productos contaminantes del agua. ProhibiciĆ³n de paso a toda clase de vehĆculos que transporten mĆ”s de 1.000 litros de productos capaces de contaminar el agua.
R-111. Entrada prohibida a vehĆculos agrĆcolas de motor. ProhibiciĆ³n de acceso a tractores y otras mĆ”quinas agrĆcolas autopropulsadas.
R-112. Entrada prohibida a vehĆculos de motor con remolque, que no sea un semirremolque o un remolque de un solo eje. La inscripciĆ³n de una cifra de tonelaje, ya sea sobre la silueta del remolque, ya sea en una placa suplementaria, significa que la prohibiciĆ³n de paso sĆ³lo se aplica cuando la masa mĆ”xima autorizada del remolque supere dicha cifra.
R-113. Entrada prohibida a vehĆculos de tracciĆ³n animal. ProhibiciĆ³n de acceso a vehĆculos de tracciĆ³n animal.
R-114. Entrada prohibida a ciclos. ProhibiciĆ³n de acceso a ciclos. R-115. Entrada prohibida a carros de mano.
ProhibiciĆ³n de acceso a carros de mano.
R-116. Entrada prohibida a peatones. ProhibiciĆ³n de acceso a peatones. R-117. Entrada prohibida a animales de montura.
ProhibiciĆ³n de acceso a animales de montura.
Las seƱales de restricciĆ³n de paso, para quienes se las encuentren de frente en el sentido de su marcha y a partir del lugar en que estĆ”n situadas, prohĆben o limitan el acceso de los vehĆculos en la forma que a continuaciĆ³n se detalla:
R-200. ProhibiciĆ³n de pasar sin detenerse. Indica el lugar donde es obligatoria la detenciĆ³n por la proximidad, segĆŗn la inscripciĆ³n que contenga, de un puesto de aduana, de policĆa, de peaje u otro, y que tras ellos pueden estar instalados medios mecĆ”nicos de detenciĆ³n.
En todo caso, el conductor asĆ detenido no podrĆ” reanudar su marcha hasta haber cumplido la prescripciĆ³n que la seƱal establece.
R-201. LimitaciĆ³n de masa. ProhibiciĆ³n de paso de los vehĆculos cuya masa en carga supere la indicada en toneladas.
R-202. LimitaciĆ³n de masa por eje. ProhibiciĆ³n de paso a los vehĆculos cuya masa por eje transmitida por la totalidad de las ruedas acopladas a algĆŗn eje supere a la indicada en la seƱal.
R-203. LimitaciĆ³n de longitud. ProhibiciĆ³n de paso de los vehĆculos o conjunto de vehĆculos cuya longitud mĆ”xima, incluida la carga, supere la indicada.
R-204. LimitaciĆ³n de anchura. ProhibiciĆ³n de paso de los vehĆculos cuya anchura mĆ”xima, incluida la carga, supere la indicada.
R-205. LimitaciĆ³n de altura. ProhibiciĆ³n de paso de los vehĆculos cuya altura mĆ”xima, incluida la carga, supere la indicada.
La nomenclatura y significado de estas seƱales son las siguientes:
R-300. SeparaciĆ³n mĆnima. ProhibiciĆ³n de circular sin mantener con el vehĆculo precedente una separaciĆ³n igual o mayor a la indicada en la seƱal, excepto para adelantar. Si aparece sin la indicaciĆ³n en metros, recuerda de forma genĆ©rica que debe guardarse la distancia de seguridad entre vehĆculos establecida en el artĆculo 54.
R-301. Velocidad mĆ”xima. ProhibiciĆ³n de circular a velocidad superior, en kilĆ³metros por hora, a la indicada en la seƱal. Obliga desde el lugar en que estĆ© situada hasta la prĆ³xima seƱal Ā«Fin de limitaciĆ³n de velocidadĀ», de Ā«Fin de prohibicionesĀ» u otra de Ā«Velocidad mĆ”ximaĀ», salvo que estĆ© colocada en el mismo poste que una seƱal de advertencia de peligro o en el mismo panel que Ć©sta, en cuyo caso la prohibiciĆ³n finaliza cuando termine el peligro seƱalado. Situada en una vĆa sin prioridad, deja de tener vigencia al salir de una intersecciĆ³n con una vĆa con prioridad. Si el lĆmite indicado por la seƱal coincide con la velocidad mĆ”xima permitida para el tipo de vĆa, recuerda de forma genĆ©rica la prohibiciĆ³n de superarla.
R-302. Giro a la derecha prohibido. ProhibiciĆ³n de girar a la derecha.
R-303. Giro a la izquierda prohibido. ProhibiciĆ³n de girar a la izquierda. Incluye, tambiĆ©n, la prohibiciĆ³n del cambio de sentido de marcha.
R-304. Media vuelta prohibida. ProhibiciĆ³n de efectuar la maniobra de cambio de sentido de la marcha.
R-305. Adelantamiento prohibido. Por aƱadidura a los principios generales sobre adelantamiento, indica la prohibiciĆ³n a todos los vehĆculos de adelantar a los vehĆculos de motor que circulen por la calzada, salvo que Ć©stos sean motocicletas de dos ruedas y siempre que no se invada la zona reservada al sentido contrario, a partir del lugar en que estĆ© situada la seƱal y hasta la prĆ³xima seƱal de Ā«Fin de prohibiciĆ³n de adelantamientoĀ» o de Ā«Fin de prohibicionesĀ». Colocada en aquellos lugares donde por norma estĆ© prohibido el adelantamiento, recuerda de forma genĆ©rica la prohibiciĆ³n de efectuar esta maniobra.
R-306. Adelantamiento prohibido para camiones. ProhibiciĆ³n a los camiones cuya masa mĆ”xima autorizada exceda de 3.500 kilogramos de adelantar a los vehĆculos de motor que circulen por la calzada, salvo que Ć©stos sean motocicletas de dos ruedas y siempre que no se invada la zona reservada al sentido contrario, a partir del lugar en que estĆ© situada la seƱal y hasta la prĆ³xima seƱal de Ā«Fin de prohibiciĆ³n de adelantamiento para camionesĀ» o de Ā«Fin de prohibicionesĀ».
R-307. Parada y estacionamiento prohibido. ProhibiciĆ³n de parada y estacionamiento en el lado de la calzada en que estĆ© situada la seƱal. Salvo indicaciĆ³n en contrario, la prohibiciĆ³n comienza en la vertical de la seƱal y termina en la intersecciĆ³n mĆ”s prĆ³xima.
R-308. Estacionamiento prohibido. ProhibiciĆ³n de estacionamiento en el lado de la calzada en que estĆ© situada la seƱal. Salvo indicaciĆ³n en contrario, la prohibiciĆ³n comienza en la vertical de la seƱal y termina en la intersecciĆ³n mĆ”s prĆ³xima. No prohĆbe la parada.
R-308 a. Estacionamiento prohibido los dĆas impares. ProhibiciĆ³n de estacionamiento, en el lado de la calzada en que estĆ© situada la seƱal, los dĆas impares. Salvo indicaciĆ³n en contrario, la prohibiciĆ³n comienza en la vertical de la seƱal y termina en la intersecciĆ³n mĆ”s prĆ³xima. No prohĆbe la parada.
R-308 b. Estacionamiento prohibido los dĆas pares. ProhibiciĆ³n de estacionamiento, en el lado de la calzada en que estĆ© situada la seƱal, los dĆas pares. Salvo indicaciĆ³n en contrario, la prohibiciĆ³n comienza en la vertical de la seƱal y termina en la intersecciĆ³n mĆ”s prĆ³xima. No prohĆbe la parada.
R-308 c. Estacionamiento prohibido la primera quincena. ProhibiciĆ³n de estacionamiento, en el lado de la calzada en que estĆ© situada la seƱal, desde las nueve horas del dĆa 1 hasta las nueve horas del dĆa 16. Salvo indicaciĆ³n en contrario, la prohibiciĆ³n comienza en la vertical de la seƱal y termina en la intersecciĆ³n mĆ”s prĆ³xima. No prohĆbe la parada.
R-308 d. Estacionamiento prohibido la segunda quincena. ProhibiciĆ³n de estacionamiento en el lado de la calzada en que estĆ© situada la seƱal, desde las nueve horas del dĆa 16 hasta las nueve horas del dĆa 1. Salvo indicaciĆ³n en contrario, la prohibiciĆ³n comienza en la vertical de la seƱal y termina en la intersecciĆ³n mĆ”s prĆ³xima. No prohĆbe la parada.
R-308 e. Estacionamiento prohibido en vado. ProhĆbe el estacionamiento delante de un vado.
R-309. Zona de estacionamiento limitado. Zona de estacionamiento de duraciĆ³n limitada y obligaciĆ³n para el conductor de indicar, de forma reglamentaria, la hora del comienzo del estacionamiento. Se podrĆ” incluir el tiempo mĆ”ximo autorizado de estacionamiento y el horario de vigencia de la limitaciĆ³n. TambiĆ©n se podrĆ” incluir si el estacionamiento estĆ” sujeto a pago.
R-310. Advertencias acĆŗsticas prohibidas. Recuerda la prohibiciĆ³n general de efectuar seƱales acĆŗsticas, salvo para evitar un accidente.
Son aquellas seƱales que seƱalan una norma de circulaciĆ³n obligatoria.
Su nomenclatura y significado son los siguientes:
R-400 a, b, c, d y e. Sentido obligatorio. La flecha seƱala la direcciĆ³n y sentido que los vehĆculos tienen la obligaciĆ³n de seguir.
R-401 a, b y c. Paso obligatorio. La flecha seƱala el lado o los lados del refugio por los que los vehĆculos han de pasar.
R-402. IntersecciĆ³n de sentido giratorio-obligatorio. Las flechas seƱalan la direcciĆ³n y sentido del movimiento giratorio que los vehĆculos deben seguir.
R-403 a, b y c. Ćnicas direcciones y sentidos permitidos. Las flechas seƱalan las Ćŗnicas direcciones y sentidos que los vehĆculos pueden tomar.
R-404. Calzada para automĆ³viles, excepto motocicletas sin sidecar. ObligaciĆ³n para los conductores de automĆ³viles, excepto motocicletas, de circular por la calzada a cuya entrada estĆ© situada.
R-405. Calzada para motocicletas sin sidecar. ObligaciĆ³n para los conductores de motocicletas de circular por la calzada a cuya entrada estĆ© situada.
R-406. Calzada para camiones, furgones y furgonetas. ObligaciĆ³n para los conductores de toda clase de camiones y furgones, independientemente de su masa, de circular por la calzada a cuya entrada estĆ© situada. La inscripciĆ³n de una cifra de tonelaje, ya sea sobre la silueta del vehĆculo, ya sea en otra placa suplementaria, significa que la obligaciĆ³n sĆ³lo se aplica cuando la masa mĆ”xima autorizada del vehĆculo o del conjunto de vehĆculos supere la citada cifra.
R-407 a. VĆa reservada para ciclos o vĆa ciclista. ObligaciĆ³n para los conductores de ciclos de circular por la vĆa a cuya entrada estĆ© situada y prohibiciĆ³n a los demĆ”s usuarios de la vĆa de utilizarla.
R-407 b. VĆa reservada a ciclomotores. ObligaciĆ³n para los conductores de ciclomotores de circular por la vĆa a cuya entrada estĆ© situada y prohibiciĆ³n a los demĆ”s usuarios de la vĆa de utilizarla.
R-408. Camino para vehĆculos de tracciĆ³n animal. ObligaciĆ³n para los conductores de vehĆculos de tracciĆ³n animal de utilizar el camino a cuya entrada estĆ© situada.
R-409. Camino reservado para animales de montura. ObligaciĆ³n para los jinetes de utilizar con sus animales de montura el camino a cuya entrada estĆ© situada y prohibiciĆ³n a los demĆ”s usuarios de la vĆa de utilizarlo.
R-410. Camino reservado para peatones. ObligaciĆ³n para los peatones de transitar por el camino a cuya entrada estĆ© situada y prohibiciĆ³n a los demĆ”s usuarios de la vĆa de utilizarlo.
R-411. Velocidad mĆnima. ObligaciĆ³n para los conductores de vehĆculos de circular, por lo menos, a la velocidad indicada por la cifra, en kilĆ³metros por hora, que figure en la seƱal, desde el lugar en que estĆ© situada hasta otra de velocidad mĆnima diferente, o de fin de velocidad mĆnima o de velocidad mĆ”xima de valor igual o inferior.
R-412. Cadenas para nieve. ObligaciĆ³n de no proseguir la marcha sin cadenas para nieve u otros dispositivos autorizados, que actĆŗen al menos en una rueda a cada lado del mismo eje motor.
R-413. Alumbrado de corto alcance. ObligaciĆ³n para los conductores de circular con el alumbrado de corto alcance al menos, con independencia de las condiciones de visibilidad e iluminaciĆ³n de la vĆa, desde el lugar en que estĆ© situada la seƱal hasta otra de fin de esta obligaciĆ³n.
R-414. Calzada para vehĆculos que transporten mercancĆas peligrosas. ObligaciĆ³n para los conductores de toda clase de vehĆculos que transporten mercancĆas peligrosas de circular por la calzada a cuya entrada estĆ© situada y que deben circular de acuerdo con su reglamentaciĆ³n especial.
R-415. Calzada para vehĆculos que transporten productos contaminantes del agua. ObligaciĆ³n para los conductores de toda clase de vehĆculos que transporten mĆ”s de 1.000 litros de productos capaces de contaminar el agua de circular por la calzada a cuya entrada estĆ© situada.
R-416. Calzada para vehĆculos que transportan mercancĆas explosivas e inflamables. ObligaciĆ³n para los conductores de toda clase de vehĆculos que transporten mercancĆas explosivas o fĆ”cilmente inflamables de circular por la calzada a cuya entrada estĆ© situada y que deben circular de acuerdo con su reglamentaciĆ³n especial.
R-417. Uso obligatorio del cinturĆ³n de seguridad. ObligaciĆ³n de utilizaciĆ³n del cinturĆ³n de seguridad.
R-418. VĆa exclusiva para vehĆculos dotados de equipo de telepeaje operativo. Telepeaje obligatorio.
ObligaciĆ³n de efectuar el pago del peaje mediante el sistema de peaje dinĆ”mico o telepeaje; el vehĆculo que circule por el carril o carriles asĆ seƱalizados deberĆ” estar provisto del medio tĆ©cnico que posibilite su uso en condiciones operativas de acuerdo con las disposiciones legales en la materia.
La nomenclatura y significado de las seƱales de fin de prohibiciĆ³n o restricciĆ³n son los siguientes:
R-500. Fin de prohibiciones. SeƱala el lugar desde el que todas las prohibiciones especĆficas indicadas por anteriores seƱales de prohibiciĆ³n para vehĆculos en movimiento dejan de tener aplicaciĆ³n.
R-501. Fin de la limitaciĆ³n de velocidad. SeƱala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior seƱal de velocidad mĆ”xima.
R-502. Fin de la prohibiciĆ³n de adelantamiento. SeƱala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior seƱal de adelantamiento prohibido.
R-503. Fin de la prohibiciĆ³n de adelantamiento para camiones. SeƱala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior seƱal de adelantamiento prohibido para camiones.
R-504. Fin de zona de estacionamiento limitado. SeƱala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior seƱal de zona de estacionamiento limitado.
R-505. Fin de vĆa reservada para ciclos. SeƱala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior seƱal de vĆa reservada para ciclos.
R-506. Fin de velocidad mĆnima. SeƱala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior seƱal de velocidad mĆnima.
1. Las seƱales de indicaciĆ³n tienen por objeto facilitar al usuario de las vĆas ciertas indicaciones que pueden serle de utilidad.
2. Las seƱales de indicaciĆ³n pueden ser:
SeƱales de indicaciones generales.
SeƱales de carriles.
c) SeƱales de servicio.
d) SeƱales de orientaciĆ³n.
e) Paneles complementarios.
f) Otras seƱales.
3. Los paneles complementarios colocados debajo de una seƱal de indicaciĆ³n podrĆ”n expresar la distancia entre dicha seƱal y el lugar asĆ seƱalado. La indicaciĆ³n de esta distancia podrĆ” figurar tambiĆ©n, en su caso, en la parte inferior de la propia seƱal.
La nomenclatura y significado de las seƱales de indicaciones generales son los siguientes:
S-1. Autopista. Indica el principio de una autopista y, por tanto, el lugar a partir del cual se aplican las reglas especiales de circulaciĆ³n en este tipo de vĆa. El sĆmbolo de esta seƱal puede anunciar la proximidad de una autopista o indicar el ramal de una intersecciĆ³n que conduce a una autopista.
S-1 a. AutovĆa. Indica el principio de una autovĆa y, por tanto, el lugar a partir del cual se aplican las reglas especiales de circulaciĆ³n en este tipo de vĆa. El sĆmbolo de esta seƱal puede anunciar la proximidad de una autovĆa o indicar el ramal de una intersecciĆ³n que conduce a una autovĆa.
S-2. Fin de autopista. Indica el final de una autopista.
S-2 a. Fin de autovĆa. Indica el final de una autovĆa.
S-3. VĆa reservada para automĆ³viles. Indica el principio de una vĆa reservada a la
circulaciĆ³n de automĆ³viles.
S-4. Fin de vĆa reservada para automĆ³viles. Indica el final de una vĆa reservada para
automĆ³viles.
S-5. TĆŗnel. Indica el principio y eventualmente el nombre de un tĆŗnel, de un paso inferior
o de un tramo de vĆa equiparado a tĆŗnel. PodrĆ” llevar en su parte inferior la indicaciĆ³n de la longitud del tĆŗnel en metros.
S-6. Fin de tĆŗnel. Indica el final de un tĆŗnel, de un paso inferior o de un tramo de vĆa equiparado a tĆŗnel.
S-7. Velocidad mĆ”xima aconsejable. Recomienda una velocidad aproximada de circulaciĆ³n, en kilĆ³metros por hora, que se aconseja no sobrepasar, aunque las condiciones meteorolĆ³gicas y ambientales de la vĆa y de la circulaciĆ³n sean favorables. Cuando estĆ” colocada bajo una seƱal de advertencia de peligro, la recomendaciĆ³n se refiere al tramo en que dicho peligro subsista.
S-8. Fin de velocidad mĆ”xima aconsejada. Indica el final de un tramo en el que se recomienda circular a la velocidad en kilĆ³metros por hora indicada en la seƱal.
S-9. Intervalo aconsejado de velocidades. Recomienda mantener la velocidad entre los valores indicados, siempre que las condiciones meteorolĆ³gicas y ambientales de la vĆa y de la circulaciĆ³n sean favorables. Cuando estĆ” colocada debajo de una seƱal de advertencia de peligro, la recomendaciĆ³n se refiere al tramo en que dicho peligro subsista.
S-10. Fin de intervalo aconsejado de velocidades. Indica el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior seƱal de intervalo aconsejado de velocidades.
S-11. Calzada de sentido Ćŗnico. Indica que, en la calzada que se prolonga en la direcciĆ³n de la flecha, los vehĆculos deben circular en el sentido indicado por Ć©sta, y que estĆ” prohibida la circulaciĆ³n en sentido contrario.
S-11 a. Calzada de sentido Ćŗnico. Indica que, en la calzada que se prolonga en la direcciĆ³n de las flechas (dos carriles), los vehĆculos deben circular en el sentido indicado por Ć©stas, y que estĆ” prohibida la circulaciĆ³n en sentido contrario.
S-11 b. Calzada de sentido Ćŗnico. Indica que, en la calzada que se prolonga en la direcciĆ³n de las flechas (tres carriles), los vehĆculos deben circular en el sentido indicado por Ć©stas, y que estĆ” prohibida la circulaciĆ³n en sentido contrario.
S-12. Tramo de calzada de sentido Ćŗnico. Indica que, en el tramo de calzada que se prolonga en la direcciĆ³n de la flecha, los vehĆculos deben circular en el sentido indicado por Ć©sta, y que estĆ” prohibida la circulaciĆ³n en sentido contrario.
S-13. SituaciĆ³n de un paso para peatones. Indica la situaciĆ³n de un paso para peatones.
S-14 a. Paso superior para peatones. Indica la situaciĆ³n de un paso superior para peatones.
S-14 b. Paso inferior para peatones. Indica la situaciĆ³n de un paso inferior para peatones.
S-15 a, b, c y d. PreseƱalizaciĆ³n de calzada sin salida. Indican que, de la calzada que figura en la seƱal con un recuadro rojo, los vehĆculos sĆ³lo pueden salir por el lugar de entrada.
S-16. Zona de frenado de emergencia. Indica la situaciĆ³n de una zona de escape de la calzada, acondicionada para que un vehĆculo pueda ser detenido en caso de fallo de su sistema de frenado.
S-17. Estacionamiento. Indica un emplazamiento donde estĆ” autorizado el estacionamiento de vehĆculos. Una inscripciĆ³n o un sĆmbolo, que representa ciertas clases de vehĆculos, indica que el estacionamiento estĆ” reservado a esas clases. Una inscripciĆ³n con indicaciones de tiempo limita la duraciĆ³n del estacionamiento seƱalado.
S-18. Lugar reservado para taxis. Indica el lugar reservado a la parada y al estacionamiento de taxis libres y en servicio. La inscripciĆ³n de un nĆŗmero indica el nĆŗmero total de espacios reservados a este fin.
S-19. Parada de autobuses. Indica el lugar reservado para parada de autobuses.
S-20. Parada de tranvĆas. Indica el lugar reservado para parada de tranvĆas.
S-21. Transitabilidad en tramo o puerto de montaƱa. Indica la situaciĆ³n de transitabilidad
del puerto o tramo definido en la parte superior de la seƱal.
S-21.1 a, b, c, d y e. Transitabilidad en tramo o puerto de montaƱa.
El panel 1 puede ir en blanco con la inscripciĆ³n Ā«ABIERTOĀ»; en tal caso, indica que pueden circular todos los vehĆculos sin restricciĆ³n; en verde, que indica que el puerto estĆ” transitable, si bien existe prohibiciĆ³n de adelantar para los camiones con masa mĆ”xima autorizada mayor de 3.500 kilogramos; amarillo, que indica que el puerto estĆ” transitable, excepto para los camiones con masa mĆ”xima autorizada mayor de 3.500 kilogramos y vehĆculos articulados, y los turismos y autobuses circularĆ”n a una velocidad mĆ”xima de 60 km/h; rojo, que indica que para circular es obligatorio el uso de cadenas o neumĆ”ticos especiales a una velocidad mĆ”xima de 30 km/h y que estĆ” prohibida la circulaciĆ³n de vehĆculos articulados, camiones y autobuses; y en negro con la inscripciĆ³n Ā«CERRADOĀ», que indica que la carretera se encuentra intransitable para cualquier tipo de vehĆculo.
S-21.2 a, b, c y d. Transitabilidad en tramo o puerto de montaƱa. El panel 2 serĆ” de color blanco y podrĆ” llevar las siguientes inscripciones: la seƱal R-306 cuando el panel 1 vaya en verde; las seƱales R-106 y R-301 con la limitaciĆ³n a 60 km/h cuando el panel 1 sea amarillo y la seƱal R-107 con la inscripciĆ³n 3,5 toneladas y R-412 cuando el panel 1 sea rojo.
S-21.3 a y b. Transitabilidad en tramo o puerto de montaƱa. El panel 3 puede llevar una inscripciĆ³n del lugar a partir del cual se aplican las indicaciones del panel 1 y 2.
S-22. Cambio de sentido al mismo nivel. Indica la proximidad de un lugar en el que se puede efectuar un cambio de sentido al mismo nivel.
S-23. Hospital. Indica, ademĆ”s, a los conductores de vehĆculos la conveniencia de tomar las precauciones que requiere la proximidad de establecimientos mĆ©dicos, especialmente la de evitar la producciĆ³n de ruido.
S-24. Fin de obligaciĆ³n de alumbrado de corto alcance (cruce). Indica el final de un tramo en que es obligatorio el alumbrado de cruce o corto alcance y recuerda la posibilidad de prescindir de Ć©ste, siempre que no venga impuesto por circunstancias de visibilidad, horario o iluminaciĆ³n de la vĆa.
S-25. Cambio de sentido a distinto nivel. Indica la proximidad de una salida a travƩs de la cual se puede efectuar un cambio de sentido a distinto nivel.
S-26 a, b y c. Paneles de aproximaciĆ³n a salida. Indica en una autopista, en una autovĆa o en una vĆa para automĆ³viles que la prĆ³xima salida estĆ” situada, aproximadamente, a 300 metros, 200 metros y 100 metros, respectivamente.
Si la salida fuera por la izquierda, la diagonal o diagonales serĆan descendentes de izquierda a derecha y las seƱales se situarĆan a la izquierda de la calzada.
S-27. Auxilio en carretera. Indica la situaciĆ³n del poste o puesto de socorro mĆ”s prĆ³ximo desde el que se puede solicitar auxilio en caso de accidente o averĆa. La seƱal puede indicar la distancia a la que Ć©ste se halla.
S-28. Calle residencial. Indica las zonas de circulaciĆ³n especialmente acondicionadas que estĆ”n destinadas en primer lugar a los peatones y en las que se aplican las normas especiales de circulaciĆ³n siguientes: la velocidad mĆ”xima de los vehĆculos estĆ” fijada en 20 kilĆ³metros por hora y los conductores deben conceder prioridad a los peatones. Los vehĆculos no pueden estacionarse mĆ”s que en los lugares designados por seƱales o por marcas.
Los peatones pueden utilizar toda la zona de circulaciĆ³n. Los juegos y los deportes estĆ”n autorizados en ella. Los peatones no deben estorbar inĆŗtilmente a los conductores de vehĆculos.
S-29. Fin de calle residencial. Indica que se aplican de nuevo las normas generales de circulaciĆ³n.
S-30. Zona a 30. Indica la zona de circulaciĆ³n especialmente acondicionada que estĆ” destinada en primer lugar a los peatones. La velocidad mĆ”xima de los vehĆculos estĆ” fijada en 30 kilĆ³metros por hora. Los peatones tienen prioridad.
S-31. Fin de zona a 30. Indica que se aplican de nuevo las normas generales de circulaciĆ³n.
S-32. Telepeaje. Indica que el vehĆculo que circule por el carril o carriles asĆ seƱalizados puede efectuar el pago del peaje mediante el sistema de peaje dinĆ”mico o telepeaje, siempre que estĆ© provisto del medio tĆ©cnico que posibilite su uso.
S-33. Senda ciclable. Indica la existencia de una vĆa para peatones y ciclos, segregada del trĆ”fico motorizado, y que discurre por espacios abiertos, parques, jardines o bosques.
S-34. Apartadero en tĆŗneles. Indica la situaciĆ³n de un lugar donde se puede apartar el vehĆculo en un tĆŗnel, a fin de dejar libre el paso.
S-34 a. Apartadero en tĆŗneles. Indica la situaciĆ³n de un lugar donde se puede apartar el vehĆculo en un tĆŗnel, a fin de dejar libre el paso, y que dispone de telĆ©fono de emergencia.
Las seƱales de carriles indican una reglamentaciĆ³n especial para uno o mĆ”s carriles de la calzada.
Se pueden citar las siguientes:
S-50 a, b, c, d y e. Carriles reservados para el trĆ”fico en funciĆ³n de la velocidad seƱalizada. Indica que el carril sobre el que estĆ” situada la seƱal de velocidad mĆnima sĆ³lo puede ser utilizado por los vehĆculos que circulen a velocidad igual o superior a la indicada, aunque si las circunstancias lo permiten deben circular por el carril de la derecha. El final de la obligatoriedad de velocidad mĆnima vendrĆ” establecido por la seƱal S-52 o R-506.
S-51. Carril reservado para autobuses. Indica la prohibiciĆ³n a los conductores de los vehĆculos que no sean de transporte colectivo de circular por el carril indicado. La menciĆ³n taxi autoriza tambiĆ©n a los taxis la utilizaciĆ³n de este carril.
En los tramos en que la marca blanca longitudinal estĆ© constituida, en el lado exterior de este carril, por una lĆnea discontinua, se permite su utilizaciĆ³n general exclusivamente para realizar alguna maniobra que no sea la de parar, estacionar, cambiar el sentido de la marcha o adelantar, dejando siempre preferencia a los autobuses y, en su caso, a los taxis.
S-52. Final de carril destinado a la circulaciĆ³n. PreseƱaliza el carril que va a cesar de ser utilizable, indicando el cambio de carril preciso.
S-52 a y b. Final de carril destinado a la circulaciĆ³n. PreseƱaliza, en una calzada de doble sentido de circulaciĆ³n, el carril que va a cesar de ser utilizable, e indica el cambio de carril preciso.
S-53. Paso de uno a dos carriles de circulaciĆ³n. Indica, en un tramo con un solo carril en un sentido de circulaciĆ³n, que en el prĆ³ximo tramo se va a pasar a disponer de dos carriles en el mismo sentido de la circulaciĆ³n.
S-53 a. Paso de uno a dos carriles de circulaciĆ³n con especificaciĆ³n de la velocidad mĆ”xima en cada uno de ellos. Indica, en un tramo con un solo carril de circulaciĆ³n en un sentido, que en el prĆ³ximo tramo se va a pasar a disponer de dos carriles en el mismo sentido de circulaciĆ³n. TambiĆ©n indica la velocidad mĆ”xima que estĆ” permitido alcanzar en cada uno de ellos.
S-53 b. Paso de dos a tres carriles de circulaciĆ³n. Indica, en un tramo con dos carriles en un sentido de circulaciĆ³n, que en el prĆ³ximo tramo se va a pasar a disponer de tres carriles en el mismo sentido de circulaciĆ³n.
S-53 c. Paso de dos a tres carriles de circulaciĆ³n con especificaciĆ³n de la velocidad mĆ”xima en cada uno de ellos. Indica, en un tramo con dos carriles en un sentido de circulaciĆ³n, que en el prĆ³ximo tramo se va a pasar a disponer de tres carriles en el mismo sentido de circulaciĆ³n. TambiĆ©n indica la velocidad mĆ”xima que estĆ” permitido alcanzar en cada uno de ellos.
S-60 a. BifurcaciĆ³n hacia la izquierda en calzada de dos carriles. Indica, en una calzada de dos carriles de circulaciĆ³n en el mismo sentido, que en el prĆ³ximo tramo el carril de la izquierda se bifurcarĆ” hacia ese mismo lado.
S-60 b. BifurcaciĆ³n hacia la derecha en calzada de dos carriles. Indica, en una calzada de dos carriles de circulaciĆ³n en el mismo sentido, que en el prĆ³ximo tramo el carril de la derecha se bifurcarĆ” hacia ese mismo lado.
S-61 a. BifurcaciĆ³n hacia la izquierda en calzada de tres carriles. Indica, en una calzada con tres carriles de circulaciĆ³n en el mismo sentido, que en el prĆ³ximo tramo el carril de la izquierda se bifurcarĆ” hacia ese mismo lado.
S-61 b. BifurcaciĆ³n hacia la derecha en calzada de tres carriles. Indica, en una calzada con tres carriles de circulaciĆ³n en el mismo sentido, que en el prĆ³ximo tramo el carril de la derecha se bifurcarĆ” hacia ese mismo lado.
S-62 a. BifurcaciĆ³n hacia la izquierda en calzada de cuatro carriles. Indica, en una calzada con cuatro carriles de circulaciĆ³n en el mismo sentido, que en el prĆ³ximo tramo el carril de la izquierda se bifurcarĆ” hacia ese mismo lado.
S-62 b. BifurcaciĆ³n hacia la derecha en calzada de cuatro carriles. Indica, en una calzada con cuatro carriles de circulaciĆ³n en el mismo sentido, que en el prĆ³ximo tramo el carril de la derecha se bifurcarĆ” hacia ese mismo lado.
S-63. BifurcaciĆ³n en calzada de cuatro carriles. Indica, en una calzada con cuatro carriles de circulaciĆ³n en el mismo sentido, que en el prĆ³ximo tramo los dos carriles de la izquierda se bifurcarĆ”n hacia la izquierda y los dos de la derecha hacia la derecha.
S-64. Carril bici o vĆa ciclista adosada a la calzada. Indica que el carril sobre el que estĆ” situada la seƱal de vĆa ciclista sĆ³lo puede ser utilizado por ciclos. Las flechas indicarĆ”n el nĆŗmero de carriles de la calzada, asĆ como su sentido de la circulaciĆ³n.
Las seƱales de servicio informan de un servicio de posible utilidad para los usuarios de la vĆa.
El significado y nomenclatura de las seƱales de servicio son los siguientes:
S-100. Puesto de socorro. Indica la situaciĆ³n de un centro, oficialmente reconocido, donde puede realizarse una cura de urgencia.
S-101. Base de ambulancia. Indica la situaciĆ³n de una ambulancia en servicio permanente para cura y traslado de heridos en accidentes de circulaciĆ³n.
S-102. Servicio de inspecciĆ³n tĆ©cnica de vehĆculos. Indica la situaciĆ³n de una estaciĆ³n de inspecciĆ³n tĆ©cnica de vehĆculos.
S-103. Taller de reparaciĆ³n. Indica la situaciĆ³n de un taller de reparaciĆ³n de automĆ³viles.
S-104. TelĆ©fono. Indica la situaciĆ³n de un aparato telefĆ³nico.
S-105. Surtidor de carburante. Indica la situaciĆ³n de un surtidor o estaciĆ³n de servicio de carburante.
S-106. Taller de reparaciĆ³n y surtidor de carburante. Indica la situaciĆ³n de una instalaciĆ³n que dispone de taller de reparaciĆ³n y surtidor de carburante.
S-107. Campamento. Indica la situaciĆ³n de un lugar (campamento) donde puede acamparse.
S-108. Agua. Indica la situaciĆ³n de una fuente con agua.
S-109. Lugar pintoresco. Indica un sitio pintoresco o el lugar desde el que se divisa. S-110. Hotel o motel. Indica la situaciĆ³n de un hotel o motel.
S-111. RestauraciĆ³n. Indica la situaciĆ³n de un restaurante.
S-112. CafeterĆa. Indica la situaciĆ³n de un bar o cafeterĆa.
S-113. Terreno para remolques-vivienda. Indica la situaciĆ³n de un terreno en el que puede acamparse con remolque-vivienda (caravana).
S-114. Merendero. Indica el lugar que puede utilizarse para el consumo de comidas o bebidas.
S-115. Punto de partida para excursiones a pie. Indica un lugar apropiado para iniciar excursiones a pie.
S-116. Campamento y terreno para remolques-vivienda. Indica la situaciĆ³n de un lugar donde puede acamparse con tienda de campaƱa o con remolque-vivienda.
S-117. Albergue de juventud. Indica la situaciĆ³n de un albergue cuya utilizaciĆ³n estĆ”
reservada a organizaciones juveniles.
S-118. InformaciĆ³n turĆstica. Indica la situaciĆ³n de una oficina de informaciĆ³n turĆstica. S-119. Coto de pesca. Indica un tramo del rĆo o lago en el que la pesca estĆ” sujeta a
autorizaciĆ³n especial.
S-120. Parque nacional. Indica la situaciĆ³n de un parque nacional cuyo nombre no figura inscrito.
S-121. Monumento. Indica la situaciĆ³n de una obra histĆ³rica o artĆstica declarada monumento.
S-122. Otros servicios. SeƱal genƩrica para cualquier otro servicio, que se inscribirƔ en el recuadro blanco.
S-123. Ćrea de descanso. Indica la situaciĆ³n de un Ć”rea de descanso.
S-124. Estacionamiento para usuarios del ferrocarril. Indica la situaciĆ³n de una zona de
estacionamiento conectada con una estaciĆ³n de ferrocarril y destinada principalmente para los vehĆculos de los usuarios que realizan una parte de su viaje en vehĆculo privado y la otra en ferrocarril.
S-125. Estacionamiento para usuarios del ferrocarril inferior. Indica la situaciĆ³n de una zona de estacionamiento conectada con una estaciĆ³n de ferrocarril inferior y destinada principalmente para los vehĆculos de los usuarios que realizan una parte de su viaje en vehĆculo privado y la otra en ferrocarril inferior.
S-126. Estacionamiento para usuarios de autobĆŗs. Indica la situaciĆ³n de una zona de estacionamiento conectada con una estaciĆ³n o una terminal de autobuses y destinada principalmente para los vehĆculos privados de los usuarios que realizan una parte de su viaje en vehĆculo privado y la otra en autobĆŗs.
S-127. Ćrea de servicio. Indica en autopista o autovĆa la situaciĆ³n de un Ć”rea de servicio.
Los paneles complementarios precisan el significado de la seƱal que complementan.
Su nomenclatura y significado son los siguientes:
S-800. Distancia al comienzo del peligro o prescripciĆ³n. Indica la distancia desde el lugar donde estĆ” la seƱal a aquĆ©l en que comienza el peligro o comienza a regir la prescripciĆ³n de aquĆ©lla. En el caso de que estĆ© colocada bajo la seƱal de advertencia de peligro por estrechamiento de calzada, puede indicar la anchura libre del citado estrechamiento.
S-810. Longitud del tramo peligroso o sujeto a prescripciĆ³n. Indica la longitud en que existe el peligro o en que se aplica la prescripciĆ³n.
S-820 y S-821. ExtensiĆ³n de la prohibiciĆ³n, a un lado. Colocada bajo una seƱal de prohibiciĆ³n, indica la distancia en que se aplica esta prohibiciĆ³n en el sentido de la flecha.
S-830. ExtensiĆ³n de la prohibiciĆ³n, a ambos lados. Colocada bajo una seƱal de prohibiciĆ³n, indica las distancias en que se aplica esta prohibiciĆ³n en cada sentido indicado por las flechas.
S-840. PreseƱalizaciĆ³n de detenciĆ³n obligatoria. Colocada bajo la seƱal de ceda el paso, indica la distancia a que se encuentra la seƱal de detenciĆ³n obligatoria o stop de la prĆ³xima intersecciĆ³n.
S-850 a S-853. Itinerario con prioridad. Panel adicional de la seƱal R-3, que indica el itinerario con prioridad.
S-860. GenĆ©rico. Panel para cualquier otra aclaraciĆ³n o delimitaciĆ³n de la seƱal o semĆ”foro bajo el que este colocado.
S-870. AplicaciĆ³n de la seƱalizaciĆ³n. Indica, bajo la seƱal de prohibiciĆ³n o prescripciĆ³n, que la seƱal se refiere exclusivamente al ramal de salida cuya direcciĆ³n coincide aproximadamente con la de la flecha. Colocada bajo otra seƱal, indica que Ć©sta se aplica solamente en el ramal de salida.
S-880. AplicaciĆ³n de seƱalizaciĆ³n a determinados vehĆculos. Indica, bajo la seƱal vertical correspondiente, que la seƱal se refiere exclusivamente a los vehĆculos que figuran en el panel, y que pueden ser camiones, vehĆculos con remolque, autobuses o ciclos.
S-890. Panel complementario de una seƱal vertical. Indica, bajo otra seƱal vertical, que Ʃsta se refiere a las circunstancias que se seƱalan en el panel como nieve, lluvia o niebla.
Otras seƱales de indicaciĆ³n son las siguientes:
S-900. Peligro de incendio. Advierte del peligro que representa encender un fuego. S-910. Extintor. Indica la situaciĆ³n de un extintor de incendios.
S-920. Entrada a EspaƱa. Indica que se ha entrado en territorio espaƱol por una
carretera procedente de otro paĆs.
S-930. ConfirmaciĆ³n del paĆs. Indica el nombre del paĆs hacia el que se dirige la carretera. La cifra en la parte inferior indica la distancia a la que se encuentra la frontera. S-940. Limitaciones de velocidad en EspaƱa. Indica los lĆmites genĆ©ricos de velocidad en las distintas clases de carreteras y en zona urbana en EspaƱa.
S-950. Radiofrecuencia de emisoras especĆficas de informaciĆ³n sobre carreteras. Indica la frecuencia a que hay que conectar el receptor de radiofrecuencia para recibir informaciĆ³n. S-960. TelĆ©fono de emergencia. Indica la situaciĆ³n de un telĆ©fono de emergencia.
S-970. Apartadero. Indica la situaciĆ³n en un apartadero de un extintor de incendios y telĆ©fono de emergencia.
S-980. Salidas de emergencias. Indica la situaciĆ³n de una salida de emergencia.
S-990. Cartel flecha indicativa seƱal de emergencia en tĆŗneles. Indica la direcciĆ³n y distancia a una salida de emergencia.
Las seƱales de orientaciĆ³n se subdividen en: seƱales de preseƱalizaciĆ³n, seƱales de direcciĆ³n, seƱales de identificaciĆ³n de carreteras, seƱales de localizaciĆ³n, seƱales de confirmaciĆ³n y seƱales de uso especĆfico en poblado.
Las seƱales de preseƱalizaciĆ³n se colocarĆ”n a una distancia adecuada de la intersecciĆ³n para que su eficacia sea mĆ”xima, tanto de dĆa como de noche, teniendo en cuenta las condiciones viales y de circulaciĆ³n, especialmente la velocidad habitual de los vehĆculos y la distancia a la que sea visible dicha seƱal.
Esta distancia podrĆ” reducirse a unos 50 metros en los poblados pero deberĆ” ser, por lo menos, de 500 metros en las autopistas y autovĆas. Estas seƱales podrĆ”n repetirse.
La distancia entre la seƱal y la intersecciĆ³n podrĆ” indicarse por medio de un panel complementario colocado encima de la seƱal; esa distancia se podrĆ” indicar tambiĆ©n en la parte superior de la propia seƱal.
La nomenclatura y significado de las seƱales de preseƱalizaciĆ³n son los siguientes:
S-200. PreseƱalizaciĆ³n de glorieta. Indica las direcciones de las distintas salidas de la prĆ³xima glorieta. Si alguna inscripciĆ³n figura sobre fondo azul, indica que la salida conduce hacia una autopista o autovĆa.
S-220. PreseƱalizaciĆ³n de direcciones hacia una carretera convencional. Indica, en una carretera convencional, las direcciones de los distintos ramales de la prĆ³xima intersecciĆ³n cuando uno de ellos conduce a una carretera convencional.
S-222. PreseƱalizaciĆ³n de direcciones hacia una autopista o una autovĆa. Indica, en una carretera convencional, las direcciones de los distintos ramales de la prĆ³xima intersecciĆ³n cuando uno de ellos conduce a una autopista o una autovĆa.
S-222 a. PreseƱalizaciĆ³n de direcciones hacia una autopista o una autovĆa y direcciĆ³n propia. Indica, en una carretera convencional, las direcciones de los distintos ramales de la prĆ³xima intersecciĆ³n cuando uno de ellos conduce a una autopista o una autovĆa. TambiĆ©n indica la direcciĆ³n propia de la carretera convencional.
S-225. PreseƱalizaciĆ³n de direcciones en una autopista o una autovĆa hacia cualquier carretera. Indica en una autopista o en una autovĆa las direcciones de los distintos ramales en la prĆ³xima intersecciĆ³n. TambiĆ©n indica la distancia, el nĆŗmero y, en su caso, la letra del enlace y ramal.
S-230. PreseƱalizaciĆ³n con seƱales sobre la calzada en carretera convencional hacia carretera convencional.
Indica las direcciones del ramal de la prĆ³xima salida y la distancia a la que se encuentra.
S-230 a. PreseƱalizaciĆ³n con seƱales sobre la calzada en carretera convencional hacia carretera convencional y direcciĆ³n propia. Indica las direcciones del ramal de la prĆ³xima salida y la distancia a la que se encuentra. TambiĆ©n indica la direcciĆ³n propia de la carretera convencional.
S-232. PreseƱalizaciĆ³n con seƱales sobre la calzada en carretera convencional hacia autopista o autovĆa. Indica las direcciones del ramal de la prĆ³xima salida y la distancia a la que se encuentra.
S-232 a. PreseƱalizaciĆ³n con seƱales sobre la calzada en carretera convencional hacia autopista o autovĆa y direcciĆ³n propia. Indica las direcciones del ramal de la prĆ³xima salida y la distancia a la que se encuentra. TambiĆ©n indica la direcciĆ³n propia de la carretera convencional.
S-235. PreseƱalizaciĆ³n con seƱales sobre la calzada en autopista o autovĆa hacia cualquier carretera. Indica las direcciones del ramal de la prĆ³xima salida, la distancia a la que se encuentra y el nĆŗmero del enlace.
S-235 a. PreseƱalizaciĆ³n con seƱales sobre la calzada en autopista o autovĆa hacia cualquier carretera y direcciĆ³n propia. Indica las direcciones del ramal de la prĆ³xima salida, la distancia a la que se encuentra y el nĆŗmero del enlace. TambiĆ©n indica la direcciĆ³n propia de la autopista o autovĆa.
S-242. PreseƱalizaciĆ³n en autopista o autovĆa de dos salidas muy prĆ³ximas hacia cualquier carretera. Indica las direcciones de los ramales de las dos salidas consecutivas de la autopista o autovĆa, la distancia, el nĆŗmero del enlace y la letra de cada salida.
S-242 a. PreseƱalizaciĆ³n en autopista o autovĆa de dos salidas muy prĆ³ximas hacia cualquier carretera y direcciĆ³n propia. Indica las direcciones de los ramales de las dos salidas consecutivas de la autopista o autovĆa, la distancia, el nĆŗmero del enlace y la letra de cada salida. TambiĆ©n indica la direcciĆ³n propia de la autopista o autovĆa.
S-250. PreseƱalizaciĆ³n de itinerario. Indica el itinerario que es preciso seguir para tomar la direcciĆ³n que seƱala la flecha.
S-260. PreseƱalizaciĆ³n de carriles. Indica las Ćŗnicas direcciones permitidas, en la prĆ³xima intersecciĆ³n, a los usuarios que circulan por los carriles seƱalados.
S-261. PreseƱalizaciĆ³n en carretera convencional de zona o Ć”rea de servicio. Indica, en una carretera convencional, la proximidad de una salida hacia una zona o Ć”rea de servicio.
S-263. PreseƱalizaciĆ³n en autopista o autovĆa de una zona o Ć”rea de servicio con salida compartida. Indica, en autopista o autovĆa, la proximidad de una salida hacia una zona o Ć”rea de servicio, y que Ć©sta coincide con una salida hacia una o varias poblaciones.
S-263 a. PreseƱalizaciĆ³n en autopista o autovĆa de una zona o Ć”rea de servicio con salida exclusiva. Indica, en autopista o autovĆa, la proximidad de una salida hacia una zona o Ć”rea de servicio.
S-264. PreseƱalizaciĆ³n en carretera convencional de una vĆa de servicio. Indica, en carretera convencional, la proximidad de una salida hacia una vĆa de servicio desde la que puede accederse a los servicios indicados.
S-266. PreseƱalizaciĆ³n en autopista o autovĆa de una vĆa de servicio, con salida compartida. Indica, en autopista o autovĆa, la proximidad de una salida hacia una vĆa de servicio desde la que puede accederse a los servicios indicados, y que Ć©sta coincide con una salida hacia una o varias poblaciones.
S-266 a. PreseƱalizaciĆ³n en autopista o autovĆa de una vĆa de servicio, con salida exclusiva. Indica, en autopista o autovĆa, la proximidad de una salida hacia una vĆa de servicio desde la que puede accederse a los servicios indicados.
S-270. PreseƱalizaciĆ³n de dos salidas muy prĆ³ximas. Indica la proximidad de dos salidas consecutivas entre las que, por carecer de distancia suficiente entre sĆ, no es posible instalar otras seƱales de orientaciĆ³n individualizadas para cada salida.
Las letras o, en su caso, los nĆŗmeros corresponden a los de las seƱales de preseƱalizaciĆ³n inmediatamente anteriores.
S-271. PreseƱalizaciĆ³n de Ć”rea de servicio. Indica, en autopista o autovĆa, la salida hacia un Ć”rea de servicio.
El significado y nomenclatura de las seƱales de direcciĆ³n son los siguientes:
S-300. Poblaciones de un itinerario por carretera convencional. Indica los nombres de poblaciones situadas en un itinerario constituido por una carretera convencional y el sentido por el que aquƩllas se alcanzan.
El cajetĆn situado dentro de la seƱal define la categorĆa y nĆŗmero de la carretera. Las cifras inscritas dentro de la seƱal indican la distancia en kilĆ³metros.
S-301. Poblaciones en un itinerario por autopista o autovĆa. Indica los nombres de poblaciones situadas en un itinerario constituido por una autopista o autovĆa y el sentido por el que aquĆ©llas se alcanzan.
El cajetĆn situado dentro de la seƱal define la categorĆa y nĆŗmero de la carretera. Las cifras inscritas dentro de la seƱal indican la distancia en kilĆ³metros.
S-310. Poblaciones de varios itinerarios. Indica las carreteras y poblaciones que se alcanzan en el sentido que indica la flecha.
S-320. Lugares de interĆ©s por carretera convencional. Indica lugares de interĆ©s general que no son poblaciones situados en un itinerario constituido por una carretera convencional. Las cifras inscritas dentro de la seƱal indican la distancia en kilĆ³metros.
S-321. Lugares de interĆ©s por autopista o autovĆa. Indica lugares de interĆ©s que no son poblaciones situados en un itinerario constituido por una autopista o autovĆa. Las cifras inscritas dentro de la seƱal indican la distancia en kilĆ³metros.
S-322. SeƱal de destino hacia una vĆa ciclista o senda ciclable. Indica la existencia en la direcciĆ³n apuntada por la flecha de una vĆa ciclista o senda ciclable. Las cifras escritas dentro de la seƱal indican la distancia en kilĆ³metros.
S-341. SeƱales de destino de salida inmediata hacia carretera convencional. Indica el lugar de salida de una autopista o autovĆa hacia una carretera convencional. La cifra indica el nĆŗmero del enlace que se corresponde con el punto kilomĆ©trico de la carretera.
S-342. SeƱales de destino de salida inmediata hacia autopista o autovĆa. Indica el lugar de salida de una autopista o autovĆa hacia una autopista o autovĆa. La cifra indica el nĆŗmero del enlace que se corresponde con el punto kilomĆ©trico de la carretera.
S-344. SeƱales de destino de salida inmediata hacia una zona, Ć”rea o vĆa de servicio. Indica el lugar de salida de cualquier carretera hacia una zona, Ć”rea o vĆa de servicio.
S-347. SeƱales de destino de salida inmediata hacia una zona, Ć”rea o vĆa de servicio, con salida compartida hacia una autopista o autovĆa. Indica el lugar de salida de cualquier carretera hacia una zona, Ć”rea o vĆa de servicio, y que Ć©sta coincide con una salida hacia una autopista o autovĆa.
S-348 a. SeƱal de destino en desvĆo. Indica que, por el itinerario provisional de desvĆo y en el sentido indicado por la flecha, se alcanza el destino que aparece en la seƱal.
S-348 b. SeƱal variable de destino. Indica que en el sentido apuntado por la flecha se alcanza el destino que aparece en la seƱal.
S-350. SeƱal sobre la calzada, en carretera convencional. Salida inmediata hacia carretera convencional. Indica, en la carretera convencional, en el lugar en que se inicia el ramal de salida, las direcciones que se alcanzan por la salida inmediata por una carretera convencional y, en su caso, el nĆŗmero de Ć©sta.
S-351. SeƱal sobre la calzada en autopista y autovĆa. Salida inmediata hacia carretera convencional. Indica, en autopista y autovĆa, en el lugar en que se inicia el ramal de salida de cualquier carretera, las direcciones que se alcanzan por la salida inmediata por una carretera convencional y, en su caso, el nĆŗmero de Ć©sta. TambiĆ©n indica el nĆŗmero y, en su caso, la letra del enlace y ramal.
S-354. SeƱal sobre la calzada, en carretera convencional. Salida inmediata hacia autopista o autovĆa. Indica, en el lugar en que se inicia el ramal de salida, las direcciones que se alcanzan por la salida inmediata por una autopista o una autovĆa y, en su caso, el nĆŗmero de Ć©stas.
S-355. SeƱal sobre la calzada en autopista y autovĆa. Salida inmediata hacia autopista o autovĆa. Indica, en el lugar en que se inicia el ramal de salida, las direcciones que se alcanzan por la salida inmediata por una autopista o autovĆa y, en su caso, el nĆŗmero de Ć©stas. TambiĆ©n indica el nĆŗmero y, en su caso, la letra del enlace y ramal.
S-360. SeƱales sobre la calzada en carretera convencional. Salida inmediata hacia carretera convencional y direcciĆ³n propia. Indica, en una carretera convencional, las direcciones que se alcanzan por la salida inmediata hacia otra carretera convencional. TambiĆ©n indica la direcciĆ³n propia de la carretera convencional y su nĆŗmero.
S-362. SeƱales sobre la calzada en carretera convencional. Salida inmediata hacia autopista o autovĆa y direcciĆ³n propia. Indica, en una carretera convencional, las direcciones que se alcanzan por la salida inmediata hacia una autopista o una autovĆa. TambiĆ©n indica la direcciĆ³n propia de la carretera convencional.
S-366. SeƱales sobre la calzada en autopista o autovĆa. Salida inmediata hacia carretera convencional y direcciĆ³n propia. Indica, en una autopista o una autovĆa, las direcciones que se alcanzan por la salida inmediata hacia una carretera convencional, asĆ como el nĆŗmero del enlace y, en su caso, la letra del ramal. TambiĆ©n indica la direcciĆ³n propia de la autopista o la autovĆa.
S-368. SeƱales sobre la calzada en autopista o autovĆa. Salida hacia autopista o autovĆa y direcciĆ³n propia. Indica, en una autopista o una autovĆa, las direcciones que se alcanzan por la salida inmediata hacia una autopista o una autovĆa, asĆ como el nĆŗmero del enlace y, en su caso, la letra del ramal. TambiĆ©n indica la direcciĆ³n propia de la autopista o de la autovĆa.
S-371. SeƱales sobre calzada en carretera convencional. Dos salidas inmediatas muy prĆ³ximas hacia carretera convencional y direcciĆ³n propia.
S-373. SeƱales sobre la calzada en autopista o autovĆa. Dos salidas inmediatas muy prĆ³ximas hacia carretera convencional y direcciĆ³n propia. Indica las direcciones de los ramales de las dos salidas consecutivas de la autopista o autovĆa, la distancia de la segunda, el nĆŗmero del enlace y la letra de cada salida. TambiĆ©n indica la direcciĆ³n propia de la autopista o autovĆa.
S-375. SeƱales sobre la calzada en autopista o autovĆa. Dos salidas inmediatas muy prĆ³ximas hacia autopista o autovĆa y direcciĆ³n propia. Indica las direcciones de los ramales de las dos salidas consecutivas de la autopista o autovĆa, la distancia de la segunda, el nĆŗmero del enlace y la letra de cada salida. TambiĆ©n indica la direcciĆ³n propia de la autopista o autovĆa.
Las seƱales destinadas a identificar las vĆas, sea por su nĆŗmero, compuesto en cifras, letras o una combinaciĆ³n de ambas, sea por su nombre, estarĆ”n constituidas por este nĆŗmero o este nombre encuadrados en un rectĆ”ngulo o en un escudo.
Tienen la nomenclatura y el significado siguientes:
S-400. Itinerario europeo. Identifica un itinerario de la red europea.
S-410. Autopista y autovĆa. Identifica una autopista o autovĆa. Cuando Ć©sta es de Ć”mbito autonĆ³mico, ademĆ”s de la letra A y a continuaciĆ³n del nĆŗmero correspondiente o bien encima de la seƱal con un panel complementario, pueden incluirse las siglas de identificaciĆ³n de la comunidad autĆ³noma. Ninguna carretera que no tenga caracterĆsticas de autopista o autovĆa podrĆ” ser identificada con la letra A. Cuando la autopista o autovĆa es una ronda o circunvalaciĆ³n la letra A podrĆ” sustituirse por las letras indicativas de la ciudad, de acuerdo con el cĆ³digo establecido al efecto por los Ministerios de Fomento e Interior.
S-410 a. Autopista de peaje. Identifica una autopista de peaje.
S-420. Carretera de la red general del Estado. Identifica una carretera de la red general del Estado que no sea autopista o autovĆa.
S-430. Carretera autonĆ³mica de primer nivel. Identifica una carretera del primer nivel, que no sea autopista o autovĆa, de la red autonĆ³mica de la comunidad a la que corresponden las siglas de identificaciĆ³n.
S-440. Carretera autonĆ³mica de segundo nivel. Identifica una carretera del segundo nivel, que no sea autopista o autovĆa, de la red autonĆ³mica de la comunidad a la que corresponden las siglas de identificaciĆ³n.
S-450. Carretera autonĆ³mica de tercer nivel. Identifica una carretera del tercer nivel, que no sea autopista o autovĆa, de la red autonĆ³mica de la comunidad a la que corresponden las siglas de identificaciĆ³n.
Las seƱales de localizaciĆ³n podrĆ”n utilizarse para indicar la frontera entre dos Estados o el lĆmite entre dos divisiones administrativas del mismo Estado o el nombre de un poblado, un rĆo, un puerto, un lugar u otra circunstancia de naturaleza anĆ”loga.
La nomenclatura y significado de las seƱales de localizaciĆ³n son los siguientes:
S-500. Entrada a poblado. Indica el lugar a partir del cual rigen las normas de comportamiento en la circulaciĆ³n relativas a poblado.
S-510. Fin de poblado. Indica el lugar desde donde dejan de ser aplicables las normas de comportamiento en la circulaciĆ³n relativas a poblado.
S-520. SituaciĆ³n de punto caracterĆstico de la vĆa. Indica un lugar de interĆ©s general en la vĆa.
S-540. SituaciĆ³n de lĆmite de provincia. Indica el lugar a partir del cual la vĆa entra en una provincia.
S-550. SituaciĆ³n de lĆmite de comunidad autĆ³noma. Indica el lugar a partir del cual la vĆa entra en una comunidad autĆ³noma.
S-560. SituaciĆ³n de lĆmite de comunidad autĆ³noma y provincia. Indica el lugar a partir del cual la vĆa entra en una comunidad autĆ³noma y provincia.
S-570. Hito kilomĆ©trico en autopista y autovĆa. Indica el punto kilomĆ©trico de la autopista o autovĆa cuya identificaciĆ³n aparece en la parte superior.
S-570 a. Hito kilomĆ©trico en autopista de peaje. Indica el punto kilomĆ©trico de la autopista de peaje cuya identificaciĆ³n aparece en la parte superior.
S-571. Hito kilomĆ©trico en autopista y autovĆa que, ademĆ”s, forma parte de un itinerario europeo. Indica el punto kilomĆ©trico de la autopista o autovĆa que, ademĆ”s, forma parte de un itinerario europeo, cuya identificaciĆ³n aparece en la parte superior de la seƱal.
S-572. Hito kilomĆ©trico en carretera convencional. Indica el punto kilomĆ©trico de una carretera convencional cuya identificaciĆ³n aparece en la parte superior sobre el fondo del color que corresponda a la red de carreteras a la que pertenezca.
S-573. Hito kilomĆ©trico en itinerario europeo. Indica el punto kilomĆ©trico de una carretera convencional y que forma parte de un itinerario europeo, cuyas letras y nĆŗmeros aparecen en la parte superior de la seƱal.
S-574. Hito miriamĆ©trico en autopista o autovĆa. Indica el punto kilomĆ©trico de una autopista o autovĆa cuando aquel es mĆŗltiplo de 10.
S-574 a. Hito miriamĆ©trico en carretera convencional. Indica el punto kilomĆ©trico de una carretera convencional cuando aquel es mĆŗltiplo de 10.
S-574 b. Hito miriamĆ©trico en autopista de peaje.Indica el punto kilomĆ©trico de una autopista de peaje cuando aquel es mĆŗltiplo de 10.
S-575. Hito miriamĆ©trico. Indica el punto kilomĆ©trico de una carretera que no es autopista ni autovĆa cuando aquel es mĆŗltiplo de 10. Su color se corresponderĆ” con el de la red de la que forma parte dicha carretera.
Las seƱales de confirmaciĆ³n tienen por objeto recordar, cuando las autoridades competentes lo estimen necesario, como puede ser a la salida de los poblados importantes, la direcciĆ³n de la vĆa.
Cuando se indiquen distancias, las cifras que las expresen se colocarƔn despuƩs del nombre de la localidad.
Su nomenclatura y significado son los siguientes:
S-600. ConfirmaciĆ³n de poblaciones en un itinerario por carretera convencional. Indica, en carretera convencional, los nombres y distancias en kilĆ³metros a las poblaciones expresadas.
S-602. ConfirmaciĆ³n de poblaciones en un itinerario por autopista o autovĆa. Indica, en autopista o autovĆa, los nombres y distancias en kilĆ³metros a las poblaciones expresadas.
Las seƱales de uso especĆfico en poblado estĆ”n constituidas por mĆ³dulos, utilizados conjunta o separadamente, cuya finalidad comĆŗn es comunicar que los lugares a que se refieren se alcanzan siguiendo el sentido marcado por la flecha, y cuya nomenclatura y significado respectivos son los siguientes:
S-700. Lugares de la red viaria urbana. Indica los nombres de calles, avenidas, plazas, glorietas o de cualquier otro punto de la red viaria.
S-710. Lugares de interĆ©s para viajeros. Indica los lugares de interĆ©s para los viajeros, tales como estaciones, aeropuertos, zonas de embarque de los puertos, hoteles, campamentos, oficinas de turismo y automĆ³vil club.
S-720. Lugares de interƩs deportivo o recreativo. Indica los lugares en que predomina un interƩs deportivo o recreativo.
S-730. Lugares de carĆ”cter geogrĆ”fico o ecolĆ³gico. Indica los lugares de tipo geogrĆ”fico o de interĆ©s ecolĆ³gico.
S-740. Lugares de interĆ©s monumental o cultural. Indica los lugares de interĆ©s monumental, histĆ³rico, artĆstico o, en general, cultural.
S-750. Zonas de uso industrial. Indica las zonas de importante atracciĆ³n de camiones, mercancĆas y, en general, trĆ”fico industrial pesado.
S-760. Autopistas y autovĆas. Indica las autopistas y autovĆas y los lugares a los que por ellas puede accederse.
S-770. Otros lugares y vĆas. Indica las carreteras que no sean autopistas o autovĆas, los poblados a los que por ellas pueda accederse, asĆ como otros lugares de interĆ©s pĆŗblico no comprendidos en las seƱales S-700 a S-760.
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